Aduanas aclara la vigencia de la boleta de garantía en tránsito y transbordo - Komex Chile

Aduanas

Aduanas aclara la vigencia de la boleta de garantía en tránsito y transbordo


13 de octubre de 2026 | Análisis Aduanas Komex Chile

Santiago, 13 de octubre de 2026 — Mediante la Resolución Exenta N° 98-2026-06146, del 9 de septiembre de 2026, Aduanas corrigió el Capítulo III del Compendio de Normas Aduaneras.

En tránsito, transbordo y redestinación, la boleta de garantía bancaria debe estar vigente «como mínimo» hasta 30 días después del cumplido y cancelación de la operación. La redacción anterior («no deberá superar») se reemplaza por «no deberá expirar antes de». Aduanas lo califica como corrección de un error de escritura vigente desde la Resolución 894 de 2022.

Qué significa para tu importación

Si tu carga va en tránsito, transbordo o redestinación, la boleta debe seguir vigente al menos 30 días tras cerrar la operación. La resolución corrige la redacción, no crea un plazo nuevo. Pide a tu agente de aduana que revise que las boletas cumplan.

¿Tienes operaciones de tránsito o transbordo en curso? Revisa los servicios aduaneros de Komex.

Fuente: Servicio Nacional de Aduanas, Resolución Exenta N° 98-2026-06146, 9 de septiembre de 2026.

Dejar un comentario

Tu email no será publicado, no te preocupes.