Cabotaje abierto a naves extranjeras: la manifestación no cambia - Komex Chile
Aduanas

Aduanas aclara el cabotaje

9 de octubre de 2026 | Análisis Aduanas Komex Chile

Santiago, 9 de octubre de 2026 — El Oficio Circular 98-2026-00177, del Servicio Nacional de Aduanas, del 25 de septiembre, concluye que la Ley 21.774, que abre el cabotaje a naves extranjeras, no modifica los procedimientos aduaneros de manifestación, tránsito y transbordo.

Aduanas fija el criterio para tres casos: transbordo nacional con destino al extranjero, doble transbordo en puertos chilenos y carga con destino a Bolivia. El tramo entre dos puertos chilenos se ampara con una Declaración de Tránsito Interno (DTI, Anexo 33 del Compendio) y no se vuelve a manifestar en el puerto intermedio.

Qué significa para tu importación

Que una nave extranjera pueda hacer cabotaje no cambia la forma de declarar tu carga. Si tu mercancía hace transbordo en un puerto chileno, ese tramo va con DTI y se manifiesta en la nave que sale del país. Confirma con tu agente que la documentación de cada tramo esté bien amparada.

¿Tu carga pasa por más de un puerto chileno antes de salir? Revisa la logística y aduanas de punta a punta con Komex.

Fuente: Servicio Nacional de Aduanas, Oficio Circular N° 98-2026-00177, 25 de septiembre de 2026.

Dejar un comentario

Tu email no será publicado, no te preocupes.